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“El gerente del Hospital Cari obstruyó e impidió las funciones de fiscalización de la Contraloría”: @CGR_Colombia

 Contralor general Carlos Felipe Córdoba                                                                                              Foto Blu Radio

  • Contraloría General inició procedimiento
  • administrativo sancionatorio contra gerente
  • del Hospital Cari, de Barranquilla
  • El gerente, Ulahy Beltrán López, entregó información parcial a la Contraloría sobre la contratación directa de la operación y gestión integral de la sede de alta complejidad del Hospital.
  • Con su actuar, obstruyó e impidió el cabal cumplimiento de las funciones de fiscalización de este organismo de control, con lo que se expone a la imposición de una multa e incluso a que pueda ser suspendido de su cargo.
  • Llama la atención de la Contraloría cómo en la contratación directa se tuvo como único invitado a presentar propuesta a un oferente al que, en la convocatoria pública, el Comité de Bienes y Servicios del Hospital consideró que presentó entonces una oferta inadmisible, que finalmente fue rechazada.

Barranquilla, 3 de febrero de 2020.- La Contraloría General de la República inició un procedimiento administrativo sancionatorio fiscal contra el gerente de la E.S.E. Hospital Universitario Cari de Barranquilla, Ulahy Beltrán López, por no suministrar oportunamente, y de forma completa, las informaciones solicitadas sobre el proceso de contratación directa que entregó la operación y gestión integral de la sede de Alta Complejidad de dicho centro asistencial.

Con su actuar, enmarcado presuntamente en culpa grave, Beltrán López obstruyó e impidió el cabal cumplimiento de las funciones de fiscalización de este organismo de control y se expone, en caso de ser encontrado responsable, a la imposición de una multa, en los términos que señala el artículo 101 de la Ley 42 de 1993 (hasta por el valor de 5 salarios devengados por el sancionado).

En este punto, vale recordar que la Ley del Plan Nacional de Desarrollo 2018-2022 (Ley 1955 de 2019), establece en su Artículo 136 (Acceso a la Información), Parágrafo 2, que “Además de la sanciones ya previstas en la ley , la Contraloría General de la República podrá suspender en el ejercicio del cargo, hasta por el término de 180 días y con el fin de impulsar el correcto ejercicio del control fiscal, a los servidores públicos que impidan o entorpezcan el acceso a la información, previo agotamiento del procedimiento legal administrativo correspondiente, en el cual se garantiza el derecho al debido proceso”.

El procedimiento administrativo sancionatorio contra el gerente del Hospital Universitario Cari fue ordenado por el Contralor Delegado para el Sector Social, Julio César Cárdenas, tras admitir una solicitud que le hiciera en este sentido el Vicecontralor General de la República, Ricardo Rodríguez Yee, quien fue el que hizo los requerimientos de información no atendidos en su totalidad.

  • Se recibió información parcial

El Despacho del Vicecontralor asumió de oficio el conocimiento de las denuncias públicas sobre las posibles irregularidades que rodearon el proceso de contratación directa No 690 de 2019, adelantado por la E.S.E Hospital Universitario CARI, por medio del cual se tercerizó la operación y gestión integral de su sede de alta complejidad.

Inicialmente el Vicecontralor solicitó por escrito información puntual sobre temas como los estudios y documentos previos mediante los cuales se llegó a la determinación de viabilizar la tercerización de los servicios hospitalarios de mediana y alta complejidad del Hospital Cari.

Y luego dos asesores de ese Despacho realizaron una visita especial a las dependencias administrativas del Hospital, en el curso de la cual el gerente del Hospital se comprometió a entregar a la CGR una documentación relacionada con situaciones como la Autorización y Acuerdo de la Junta Directiva del Hospital para realizar este proceso de contratación, las propuestas presentadas en la convocatoria pública y la conformación del consorcio Gestor Hospitalario del Caribe, entre otras.

El gerente del Hospital Cari, Ulahy Beltrán López, cumplió tan sólo de manera parcial con la remisión de la información solicitada, lo que deviene en un entorpecimiento a la labor del organismo de control.

  • Oferente rechazado en la convocatoria pública, fue
  • el único convocado para la adjudicación directa

Desde el momento que asumió el conocimiento de la denuncia pública sobre la ocurrencia de presuntas irregularidades en este proceso de contratación directa, la Contraloría determinó verificar si el oferente cumplía con los requisitos exigidos en los estudios previos y si el Hospital tenía la facultad para realizar el mismo.

Igualmente, la CGR ha querido establecer el motivo por el cual el Hospital invitó a presentar oferta para este proceso contractual a un oferente que al parecer no se encontraba habilitado.

El proceso de contratación directa 619 de 2019 tiene como antecedente la Convocatoria Pública 001 de 2019.

En la Convocatoria Pública se recibió una sola oferta, por parte del Gestor Hospitalario del Caribe SAS. Esa propuesta fue rechazada y se declaró desierta esta convocatoria

Vino luego la contratación directa 690 de 2019, donde únicamente se invitó a presentar propuesta al oferente anterior, Gestor Hospitalario del Caribe SA., que constituyó la sociedad Consorcio Gestor Hospitalario del Caribe, con la que el Hospital Cari suscribió el contrato 690 de 2019.

  • Llama la atención de la Contraloría cómo en la contratación directa se tuvo como único invitado a presentar propuesta a un oferente al que, en la convocatoria pública, el Comité de Bienes y Servicios del Hospital consideró que presentó entonces una oferta inadmisible.

La única propuesta recibida en la convocatoria pública fue calificada como inadmisible por dicho Comité, por considerar que se generaría conflicto de intereses con los objetivos y condiciones de la prestación del servicio que se incluyeron en la misma y que fueron reservados de manera específica, toda vez que allí ofertaron servicios de salud mental.

Además, esa propuesta fue rechazada porque 4 de los integrantes de la Promesa de Sociedad carecían de capacidad jurídica para comprometer obligaciones de la empresa, y el contrato de Promesa de Constitución de Sociedad Futura no incluyó la totalidad de los documentos de orden jurídico requeridos.

El proceso de contratación directa culminó con la adjudicación de la operación y gestión integral de la sede de Alta Complejidad al Consorcio Gestor Hospitalario del Caribe, que está compuesto por 3 de las 8 personas jurídicas que conformaban la promesa de sociedad a futuro, según información suministrada por el gerente del establecimiento prestador de servicios de salud.
COMUNICADO DE PRENSA No. 012
(Fin)