Proceso de paz

¡El @SenadoGovCo le cumplió al país, aprobada la JEP!

 

Plenaria del Senado de la República

Con 51 votos a favor y 7 en contra aprobada Estatutaria de la Administración en jurisdicción Especial para la Paz; por último se aprobó la doble instancia condenatoria con 52 votos a favor y uno en contra y la pérdida de investidura por unanimidad.

  Bogotá D.C., noviembre 15 de 2017 (Prensa Senado).- Luego  que el senador Horacio Serpa Uribe explicara y certificara la forma como se va a aprobar el articulado del proyecto que se dividió en 5 bloques, se avanzó en la aprobación del informe de la subcomisión designada para para analizar las proposiciones presentadas al articulado del proyecto de Ley Estatutaria  de  Administración de Justicia en la Jurisdicción Especial para la Paz”.

El senador ponente aclaró que se buscará aprobar un grueso de artículos y quedarán pendientes unos artículos de acuerdo a la providencia de la Corte Constitucional.

Se aprobó en dos bloques de 79 y 35 artículos respectivamente, artículos que no tenían proposiciones modificatorias y posteriormente un tercer bloque de 22 artículos que tenían observaciones y fueron aceptadas por la subcomisión.

Acto seguido y en un cuarto bloque, se aprobaron los artículos que tienen discusión relacionados con las garantías a los derechos de las víctimas; los requisitos para acceder al tratamiento especial, en donde el ministro del Interior Guillermo Rivera, aclaró que existirán sanciones de carácter alternativo, que contemplan reclusión entre 5 y 8 años, para quienes reconocen verdad y estén en la etapa de enjuiciamiento y las propias, que implican restricción de libertad, pero no reclusión; el artículo relacionado con la entrada en funcionamiento; la  Jurisdicción especial indígena y conflictos de competencias entre jurisdicciones.

Igualmente se aprobaron los artículos relacionados con la intervención de la Procuraduría General de la Nación en las acciones de la JEP; y los artículos 62,63,70 que tienen que ver con competencia material y  personal y Fuero Presidencial. Así como el artículo 150 sobre el procedimiento de la tutela por parte de la Corte Constitucional.

En el artículo de requisitos para los magistrados de las salas, se presentó una amplia discusión en el sentido,  que es el gobierno quien debe formular las inhabilidades, porque ya fueron designados los magistrados que integrarán las JEP, el cual fue aprobado como lo acordó la subcomisión.

A continuación se aprobó el artículo relacionado con la participación política de quienes han sido objeto de sanción por parte de la JEP – integrantes de las Farc-,  con 51 votos a favor y  0 en contra; el que tiene que ver con las causales de impedimentos de los magistrados especiales para la paz; los artículos 99 y 102 que abarcan las disposiciones de la Corte Constitucional sobre magistrados de la sala y magistrados del tribunal para la paz.

La reapertura del artículo 97 trajo una nueva discusión sobre la habilitación política de personas condenadas por ‘Parapolítica’. La senadora Claudia López asegura que es un ‘mico’ y para el senador Luis Fernando Velasco es una opción que fortalecerá la JEP.

Esta iniciativa pasará a cumplir con su último debate en la Cámara de Representantes y su posterior conciliación, antes de pasar a revisión de la Corte Constitucional.

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Ultima modificación: Jueves 16 de Noviembre de 2017 06:20