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Corte pide investigación a EPS por no tramitar oportunamente trasplante

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   T-142/16.

 La Sala Tercera de Revisión de la Corte Constitucional ordenó compulsar copias a la Superintendencia de Salud, para investigar la presunta falta en que incurrió la E.P.S. Fondo Asistencial del Magisterio de Caquetá, al no tramitar oportunamente la operación de trasplante de médula ósea a un paciente que murió esperando dicha intervención.

PALACIOplaza1Sentencia T-142/16

Referencia: expediente T-5.231.852

Acción de tutela interpuesta por María Catalina Rojas Hermida en calidad de Personera Municipal de Neiva(e) y en representación del ciudadano Juan Manuel Calderón Gutiérrez contra el Fondo Asistencial del Magisterio del Caquetá y Secretaría de Salud Departamental del Caquetá.

Magistrado Ponente:

ALEJANDRO LINARES CANTILLO

 Bogotá, D.C., veintiocho  (28) de marzo de dos mil dieciséis (2016)

La Sala Tercera de Revisión de la Corte Constitucional, integrada por los magistrados Gabriel Eduardo Mendoza Martelo, Gloria Stella Ortiz Delgado y Alejandro Linares Cantillo, quien la preside, en ejercicio de sus competencias constitucionales y legales, ha proferido la siguiente

SENTENCIA

Juan Manuel Calderón Gutiérrez, quien tiene 21 años y padece leucemia mieloide aguda, mediante agente oficioso interpuso acción de tutela solicitando que se le ordene al Fondo Asistencial del Magisterio del Caquetá, autorizar el paquete completo de trasplante en la Clínica de Marly, el cual fue ordenado por el médico tratante el 25 de marzo de 2015.

  1. ANTECEDENTES

 

  1. De los hechos y la demanda[1]

 

  1. La acción de tutela fue interpuesta por María Catalina Rojas Hermida, quien actúa como Personera Municipal de Neiva(e) y en calidad de agente oficiosa del ciudadano Juan Manuel Calderón Gutiérrez contra el Fondo Asistencial del Magisterio del Caquetá y la Secretaría de Salud Departamental del Caquetá.

 

  1. Abemain Gutiérrez Rubio, madre de Juan Manuel Calderón Gutiérrez, quien tiene 21 años, informó que se encuentran afiliados al sistema de salud a través del Fondo Asistencial del Magisterio del Caquetá.

 

  1. Juan Manuel Calderón Gutiérrez padece leucemia mieloide aguda, por lo cual, el médico tratante solicitó valoración médica urgente por parte del grupo de trasplante, desde noviembre de 2014.

 

  1. Ante la demora de la EPS en la prestación del servicio ordenado por el médico tratante, la señora Abemain Gutiérrez Rubio interpuso una primera acción de tutela para que se protegieran los derechos de su hijo Juan Manuel Calderón Gutiérrez. El juez de tutela mediante sentencia del 15 de enero de 2015, negó las pretensiones, debido a que, el 5 de enero de 2015, la EPS autorizó la consulta ambulatoria con medicina especializada.

 

  1. El 25 de marzo de 2015, el médico tratante le solicitó al Fondo Asistencial del Magisterio del Caquetá autorizar el paquete completo de trasplante en la Clínica de Marly, lo que a su vez, supone la autorización y realización de los exámenes médicos de valoración, inclusión en el banco de trasplantes, hospitalización en una clínica de cuarto nivel y la realización del trasplante. Pidió que todos estos procedimientos fueran realizados en la misma entidad con el fin de evitar traslados del paciente.

 

  1. Dado que el Fondo no dio trámite a dicha solicitud, el 24 de julio de 2015, la Personera Municipal de Neiva(e) interpuso acción de tutela en la que solicitó que se le ordene al Fondo Asistencial del Magisterio del Caquetá autorizar y realizar el paquete completo de trasplante en la Clínica de Marly. Además, que practique y suministre la totalidad de los exámenes, medicamentos, consultas médicas de control, procedimientos, terapias, prótesis, gastos de transporte, alimentación y alojamiento y, demás procedimientos que se requieran para el tratamiento y restablecimiento de la salud de Juan Manuel Calderón Gutiérrez, sin queesto le genere costos a la señora Abemain Gutiérrez Rubio.

http://www.corteconstitucional.gov.co/relatoria/2016/t-142-16.htm  Seguir leyendo.