Choque entre la Contraloría y FONADE
El contralor pide a FONADE precisar, claramente, si existió o no
un precio artificialmente bajo en adjudicación de contrato
para instalación de mobiliario de nueva sede de la Contraloría
*Se produjo una sustancial diferencia de precios entre el valor adjudicado y el presupuestado, y FONADE no accede a la petición del Contralor Edgardo Maya Villazón de Verificar y Certificar los precios de esta adjudicación.
*Este es una cuestión de la mayor delicadeza, pues se trata de hacer plena claridad sobre los precios reales del mercado, dice el Contralor.
*Maya Villazón invoca y exige de parte del FONADE el cumplimiento de las obligaciones derivadas de su condición de Gerente del Proyecto para adquisición e instalación del mobiliario de las oficinas que tendrá la CGR en su nueva sede.
Bogotá, 11 de julio de 2016.- El Contralor General de la República, Edgardo Maya Villazón, instó hoy al gerente general del FONADE, Alfredo Ramón Bula Dumar, a que haga plena claridad y fije una posición concreta y precisa sobre la existencia o inexistencia de un precio artificialmente bajo en la adjudicación, que hizo esta entidad, a fin de contratar la entrega e instalación del mobiliario para la nueva sede del organismo de control.
Tal adjudicación se hizo al proponente ganador con un precio inferior en más del 50% al del presupuesto inicialmente asignado. Se adjudicó por $7.106 millones y el presupuesto oficial final para la contratación fue por un valor de hasta $14.052 millones.
Maya Villazón le pidió, además, que no vaya permitir que el adjudicatario de este proceso, termine tercerizando las labores contratadas.
El Contralor General le expuso directamente al director del FONADE que, ante la necesidad inaplazable trasladarse a la nueva sede para el nivel central, la Contraloría no admitirá prórrogas, ni modificaciones ni adiciones en el contrato que llegué a surgir del proceso de selección, y mucho menos sacrificio de la calidad del mobiliario.
Insatisfactoria respuesta de FONADE
La Contraloría General de la República celebró con FONADE un convenio de Gerencia Integral de Proyecto, No 188 de 2015, por el cual esta última entidad se comprometió a desarrollar todas las actividades inherentes y necesarias para laADQUISICIÓN E INSTALACIÓN DEL MOBILIARIO DE OFICINAS PARA DOTAR LAS INSTALACIONES DE LA SEDE DONDE FUNCIONARA LA CONTRALORÍA GENERAL DE LA REPÚBLICA – NIVEL CENTRAL, EN BOGOTÁ, D. C.
Y en desarrollo de lo anterior, FONADE adelantó, bajo su régimen de contratación, el Proceso de Selección OPC 024-2016, con el objeto de lograr tal adquisición e instalación, el cual consistió en una modalidad de subasta inversa, cuyos detalles se precisan más adelante.
En su momento, el Contralor Maya Villazón había pedido al gerente del FONADE que, antes de hacer efectiva la adjudicación de este contrato, dicha entidad verificara y certificara que los precios ofrecidos por quienes resultaren ganadores no fueron a ser artificialmente bajos frente a la realidad del mercado y a las condiciones de los proponentes
Sin embargo, la respuesta que dio el gerente del FONADE no fue nada satisfactoria para el Contralor, no procedió a hacer la certificación solicitada y se limitó a referenciar lo ocurrido en el proceso de selección y a remitirse tanto a la verificado por el Comité Evaluador, como al concepto que a su solicitud entregó la firma de abogados Guerrero y Asociados S.A.S.
El Contralor Edgardo Maya Villazón fue bien enfático:
“Cualquier circunstancia o vulnerabilidad, que se traduzcan en incumplimientos o cambios en las exigencias de cantidad, calidad, oportunidad de entregas e instalaciones, precios, sujetos y demás actividades directas o indirectamente cubiertas por el Convenio No 188 de 2015 que diluyan la responsabilidad del contratista, darán lugar a que FONADE como GERENTE DE PROYECTO, asuma las contingencias y consecuencias del caso, de tal manera que la CONTRALORÍA GENERAL DE LA REPÚBLICA quede inmune en el proceso de traslado y ocupación de la nueva sede y se le garantice la continua e ininterrumpida prestaciones de los servicios y funciones constitucionales y legales a su cargo”.
Aún más, manifestó que la Contraloría General de la República promoverá hasta las últimas consecuencias legales, la responsabilidad propia de FONADE como GERENTE DEL PROYECTO, en su deber de asumir cualquier tipo de contingencia a la que pueda verse expuesta este organismo de control, en que caso de circunstancias como las mencionadas antes, que bien pudieron preverse o contemplarse, lleguen a ser fuente de dificultades, para la impecable ejecución del Proyecto de Adquisición e Instalación del mobiliario de la nueva sede.
Antecedes y resultados del proceso de selección que adelantó FONADE:
La Contraloría General de la República celebró con FONADE convenio de Gerencia Integral de Proyecto, No 188 de 2015, por el cual esta última entidad se comprometió a desarrollar todas las actividades inherentes y necesarias para la ADQUISICIÓN E INSTALACIÓN DEL MOBILIARIO DE OFICINAS PARA DOTAR LAS INSTALACIONES DE LA SEDE DONDE FUNCIONARA LA CONTRALORÍA GENERAL DE LA REPÚBLICA – NIVEL CENTRAL, EN BOGOTÁ, D. C.
En desarrollo de lo anterior, FONADE con la plena autonomía de GERENTE DE PROYECTO, adelantó bajo su régimen de contratación, el Proceso de Selección OPC 024-2016 con el objeto de lograr tal adquisición e instalación, el cual consistió en una modalidad de subasta inversa.
En cumplimiento de estos trámites, el estudio de mercado que realizó FONADE antes de abrir el proceso de escogencia, estableció un presupuesto estimado inicial de $17.819’371.064 basado en el promedio de las solicitudes de cotización de los bienes a adquirir, que presentaron cinco (5) empresas cotizantes (que variaban entre $15.755’026.146 y $21.311’805.211).
Sobre esta base, FONADE ajustó el presupuesto inicial descontando las disminuciones que se presentaron por lances de procesos similares de contratación en otras entidades, por el orden del 21.36% de ahorro, de lo cual resultó el presupuesto oficial final para la contratación OPC024-2016, por valor de hasta $14.052’810.240, con el cual se llevó a cabo la subasta inversa verificarse en los documentos preparados por FONADE para sustentar el proceso de contratación.
Al Proceso de Selección por subasta se presentaron:
CARVAJAL ESPACIOS S.A.S.
MODERLINE S.A.S
DUCON S.A.S.
HIMHER Y COMPAÑÍA S. A. SOCIEDAD DE FAMILIA
FAMOC DEPANEL S. A.
SOLINOFF CORP S.A.
PINELEC LTDA.
Ante la substancial diferencia de precios y ante los riesgos que pueden derivarse por la figura de “precios artificialmente bajos”, el Contralor General instó al GERENTE DEL PROYECTO (FONADE) a verificar en desarrollo de lo previsto en los Pliegos de Condiciones, si el precio finalmente ofertado se ajustaba a los precios reales del mercado y si el proponente que ofreció el más bajo precio, estaba en condiciones de cumplir con las obligaciones del contrato en términos de calidad, cantidad y precio.
En el cruce de comunicaciones entre las dos entidades estatales, la Contraloría como destinataria de los productos de la GERENCIA DEL PROYECTO manifiesta que “se encuentra en real estado de necesidad inaplazable de trasladarse a la nueva Sede para el Nivel Central, en los tiempos contratados y por el valor objetivo del mercado. Por consiguiente, el contrato que se celebre para la Adquisición e Instalación del mobiliario de Oficinas en dicha sede, no admite modificación futuras ni en el precio, ni en los tiempos de ejecución y mucho menos en las especificaciones de calidad y cantidad previstas con suficiente anterioridad y con pleno conocimiento por parte de todos los proponentes”
Entonces llamaría poderosamente la atención que, sin justificación ni verificación valida, FONADE hiciera efectiva una adjudicación a una oferta con un precio inferior en más de un 50% del presupuesto inicialmente estimado, que en su momento fuera considerado insuficiente por FONADE”.
Con esa preocupación, el Contralor General solicitó que “en consideración a lo previsto en los pliegos de condiciones sobre la obligatoria revisión de los precios y de las condiciones de cumplimiento del oferente que ofreció el menor valor, previo a la adjudicación, se realice la evaluación correspondiente de manera objetiva, se determine con toda precisión por qué una diferencia tan sustancial, se establezca si se trata o no, de precios artificialmente bajos y se adopten las decisiones frente a la realidad del mercado y a las condiciones del proponente, tal y como lo establece el pliego de condiciones”.
Por su parte, FONADE en respuesta a los requerimientos de sus co-contratante, se limita a referenciar lo ocurrido en el Proceso de Selección y a remitirse tanto a lo verificado por el Comité Evaluador con posterioridad a la conformación dinámica, como a lo conceptuado, a solicitud expresa y autónoma de FONADE, por la firma Escobar Guerrero y Asociados S. A. S. a partir de lo cual da a entender que el proponente ganador “dio cumplimiento a lo exigido en las Reglas de Participación” y “que las circunstancias del Oferente citado y la oferta por este presentada son objetivas y que en esa medida no exponen al futuro contrato, en su ejecución y cumplimiento”.
De otra parte, para prevenir que a través de subcontratación se diluya la responsabilidad del contratista, el Contralor General, en otra comunicación, manifestó que:
“Por la manera como está concebido el proyecto y los pliegos de condiciones, el negocio jurídico, sólo puede estar a cargo de quien en el real saber y entender de FONADE resulte adjudicatario, como el único llamado a cumplir con la ENTREGA e INSTALACIÓN DEL MOBILIARIO para la nueva sede de la Contraloría General. Por consiguiente, no cabe posibilidad alguna que el contratista pueda trasferir sus obligaciones esenciales a terceras personas. De admitir dicha transferencia del núcleo del contrato, FONADE actuaría en contra de sus obligaciones legales y contractuales como GERENTE DEL PROYECTO, por lo que es deber de esa Entidad adoptar las decisiones que autónomamente le correspondan, de manera congruente con dicha exigencia”.
Finalmente ante los riesgos que puedan derivarse de la adjudicación que haga FONADE, en el marco de la Gerencia de Proyecto, para la Adquisición e instalación del mencionado mobiliario, el Contralor General concluyó, en la misma comunicación remitida a ese organismo que:
“Del mismo modo, el carácter fijo y uniforme de las especificaciones de los productos y servicios objeto del Proyecto y las condiciones de habilidad, como núcleo del contrato, no pueden ser objeto de ningún tipo de cambios. Por consiguiente, la Contraloría no admitirá ni prorrogas, ni modificaciones ni adiciones, en el contrato que llegue a surgir del Proceso de Selección.
Así las cosas, cualquier circunstancia o vulnerabilidad, como las que se han puesto de presente por parte de este Despacho, que se traduzcan en incumplimientos o cambios en las exigencias de cantidad, calidad, oportunidad de entregas e instalaciones, precios, sujetos y demás actividades directas o indirectamente cubiertas por el Convenio No 188 de 2015 que diluyan la responsabilidad del contratista, darán lugar a que FONADE como GERENTE DE PROYECTO, asuma las contingencias y consecuencias del caso, de tal manera que la CONTRALORÍA GENERAL DE LA REPÚBLICA quede inmune en el proceso de traslado y ocupación de la nueva sede y se le garantice la continua e ininterrumpida prestaciones de los servicios y funciones constitucionales y legales a su cargo.
En ese orden de ideas, ante la necesidad de proteger los deberes funcionales y los intereses patrimoniales de la Contraloría General de la República, es mi deber como representante de la entidad contratante y parte del Convenio Interadministrativo de Gerencia de Proyecto, No 188 de 2015, celebrado entre la FONADE y la CONTRALORÍA GENERAL DE LA REPÚBLICA, invocar y exigir de parte de FONADE, el cumplimiento de las obligaciones derivadas de su condición de GERENTE DE PROYECTO. De tal manera que asuma las responsabilidades que puedan devenir, en el marco de la Ley y de dicho Convenio Interadministrativo, por las decisiones que adopté en tal condición, en el Proyecto de ADQUISICIÓN E INSTALACIÓN DEL MOBILIARIO DE OFICINAS PARA DOTAR LAS INSTALACIONES DE LA SEDE DONDE FUNCIONARA LA CONTRALORÍA GENERAL DE LA REPÚBLICA – NIVEL CENTRAL”.
COMUNICADO DE PRENSA No. 115