Barranquilla

Tarde cìvica por el partido Colombia Ecuador

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DECRETO 0349 DE 2016

POR EL CUAL SE DECLARA LA TARDE CÍVICA DEL DÍA 29 DE MARZO DE 2016 CON OCASIÓN DEL ENCUENTRO FUTBOLÍSTICO ENTRE LAS SELECCIONES DE COLOMBIA Y ECUADOR POR LAS ELIMINATORIAS AL MUNDIAL DE FUTBOL RUSIA-2018.

EL ALCALDE DEL DISTRITO, ESPECIAL, INDUSTRIAL Y PORTUARIO DE BARRANQUILLA EN USO DE SUS FACULTADES CONSTITUCIONALES Y LEGALES Y EN ESPECIAL LAS CONFERIDAS POR LOS ARTICULOS 2º Y 52 DE LA CONSTITUCIÓN POLÍTICA DE COLOMBIA Y

CONSIDERANDO:

Que el artículo 2º de la Constitución Política establece: “Son fines esenciales del Estado: servir a la comunidad, promover la prosperidad general y garantizar la efectividad de los principios, derechos y deberes consagrados en la Constitución; facilitar la participación de todos en las decisiones que los afectan y en la vida económica, política, administrativa y cultural de la Nación; defender la independencia nacional, mantener la integridad territorial, y asegurar la convivencia pacífica y la vigencia de un orden justo.

Las autoridades de la República están instituidas para proteger a todas las personas residentes en Colombia, en su honra, bienes, creencias, y demás derechos y libertades, y para asegurar el cumplimiento de los deberes sociales del Estado y de los particulares.

Que el artículo 52 de la Constitución Política establece que:

“El ejercicio del deporte, sus manifestaciones recreativas, competitivas y autóctonas tienen como función la formación integral de las personas, preservar y desarrollar una mejor salud en el ser humano.

El deporte y la recreación, forman parte de la educación y constituyen gasto público social. Se reconoce el derecho de todas las personas a la recreación, a la práctica del deporte y al aprovechamiento del tiempo libre. El estado fomentará estas actividades…”

Que la ciudad de Barranquilla es considerada la casa de la Selección Colombiana de Futbol, y por ello fue escogida como sede para realizar los encuentros futbolísticos clasificatorios del seleccionado patrio al Mundial Rusia 2018.

Que el día 29 de marzo de 2016 se celebrara, en esta ciudad, el encuentro deportivo entre las selecciones de futbol de Colombia y de Ecuador, dentro de las eliminatorias al mundial de futbol Rusia 2018.

Que teniendo en cuenta la trascendencia que tiene para los Barranquilleros, el resto del país y el mundo entero los juegos clasificatorios al mundial de futbol, es deber de la Administración Distrital dictar disposiciones que fomenten y garanticen la participación activa y entusiasta de la comunidad.

Que como quiera que el partido de futbol de las eliminatorias Rusia 2018, entre la selección de mayores de Colombia y la selección de Ecuador, se llevará a cabo en el Distrito de Barranquilla el día 29 de marzo de 2016 a las 3:30 PM, se hace necesario declarar la tarde Cívica en el Distrito Especial, Industrial y Portuario de Barranquilla con el fin de garantizar la participación activa y entusiasta de toda la comunidad barranquillera y de la hinchada de todo el país y del extranjero que viene apoyar a la Selección Colombia de Futbol y a la Selección de Ecuador.

Como consecuencia de lo anterior, los funcionarios públicos de la administración distrital de Barranquilla laboraran en jornada continua hasta la 01:00 PM del día 29 de marzo de 2016, a excepción de aquellos funcionarios públicos que por la naturaleza de sus cargos y que por necesidad del servicio se requieran.

En mérito de lo expuesto, el Alcalde del Distrito, Especial, Industrial y Portuario de Barranquilla

DECRETA:

ARTÍCULO 1: Declarar la tarde cívica del día 29 de marzo de 2016, en el Distrito Especial, Industrial y Portuario de Barranquilla, desde la 01:00 PM hasta las 06:00 PM.

ARTÍCULO 2: Como consecuencia de lo anterior, el día 29 de marzo de 2016, los funcionarios públicos de la administración distrital de Barranquilla prestarán sus servicios en jornada continua desde las 07:00 AM hasta la 01:00 PM, a excepción de aquellos funcionarios públicos que por la naturaleza de sus cargos y que por necesidad del servicio se requieran.

PARÁGRAFO: Se excluyen de lo dispuesto en esta disposición, aquellos funcionarios que prestan servicios de salud y atención de emergencias, seguridad y convivencia, prevención y atención de desastres; tales como inspecciones de policía, comisarías de familia, oficinas de los corregidores, Centro de Rehabilitación Femenino y Masculino, Cuerpo Oficial de Bomberos del Distrito de Barranquilla, los cuales prestarán sus servicios dentro de las jornadas habituales.

ARTÍCULO 3: Convocar a la comunidad barranquillera, al sector público y privado y a los seguidores de las selecciones de fútbol de Colombia y Ecuador para que se vincule y participen en el evento futbolístico entre las selecciones de COLOMBIA Vs ECUADOR.

ARTÍCULO 4: Remitir copias del presente acto administrativo a las Gerencia de Gestión Humana del Distrito de Barranquilla y a las demás entidades públicas del orden distrital para lo de su competencia.

ARTÍCULO 5: El presente acto administrativo rige a partir de su publicación hasta el día 29 de marzo de 2016.

PUBLÍQUESE Y CÚMPLASE

Dado en el D.E.I.P de Barranquilla a los veintiocho (28) días del mes de marzo de 2016.

ALEJANDRO CHAR CHALJUB
Alcalde Distrital de Barranquilla