Superindustria ordena devolverles más de $ 13 mil millones a propietarios del edificio CONTINENTAL TOWER
- En la sentencia judicial proferida por la Superintendencia de Industria y Comercio se ordena a la sociedad ALSACIA (integrante del Grupo Empresarial CDO), reembolsar a sesenta y cuatro (64) propietarios de apartamentos del EDIFICIO CONTINENTAL TOWERS de Medellín, más de $13.380 millones de pesos equivalentes al 100% del valor global pagado por los inmuebles más la indexación correspondiente.
- La Superindustria comprobó que ALSACIA CDO fue responsable de la construcción y comercialización de los inmuebles en el EDIFICIO CONTINENTAL TOWERS, el cual no cumple con las normas de calidad, idoneidad, seguridad y sismo resistencia exigidas legalmente.
- La decisión del día de hoy (22 de enero de 2015) es la segunda sentencia judicial que se profiere en relación con los edificios del Grupo CDO y en la actualidad se tramitan ante la Superindustria 6 litigios por hechos similares con pretensiones cercanas a $18.000 millones de pesos.
- Contra la sentencia de primera instancia proferida por la Superindustria, se interpusieron recursos de apelación que deberán ser resueltos por la Sala Civil del Tribunal Superior de Bogotá.
La Delegatura para Asuntos Jurisdiccionales de la Superintendencia de Industria y Comercio, mediante sentencia judicial proferida el día de hoy (22 de enero de 2016), condenó aALSACIA CDO S.A., a devolver a sesenta y cuatro consumidores TRECE MIL TRESCIENTOS OCHENTA Y NUEVE MILLONES SEISCIENTOS TRECE MIL OCHENTA PESOS ($13.389.613.080.oo) que representan el cien por ciento (100%) de la totalidad del dinero pagado por sesenta y cuatro apartamentos, setenta y cuatro parqueaderos y cincuenta y ocho cuartos útiles, ubicados en el EDIFICIO CONTINENTAL TOWERS de Medellín, el cual fue construido con defectos de calidad, idoneidad y seguridad que no permiten habitarlo. Esta suma deberá ser restituida debidamente indexada.
El caso judicial
La demanda judicial fue instaurada por sesenta y cuatro (64) consumidores que adquirieron a la sociedad ALSACIA CDO S.A., entre los años 2010 y 2013, (64) apartamentos, setenta y cuatro (74) parqueaderos y cincuenta y ocho (58) cuartos útiles, ubicados en el EDIFICIO CONTINENTAL TOWERS de Medellín, por una suma global de TRECE MIL TRESCIENTOS OCHENTA Y NUEVE MILLONES SEISCIENTOS TRECE MIL OCHENTA PESOS ($13.389.613.080.oo).
La Superindustria comprobó durante el proceso judicial, que el EDIFICIO CONTINENTAL TOWERS, donde se encuentran ubicados los inmuebles de los demandantes, presenta graves defectos de calidad, idoneidad y seguridad que no permite su habitación, situación que configura múltiples violaciones a los derechos de los consumidores que adquirieron apartamentos, cuartos útiles y parqueaderos en la edificación.
Para la Superintendencia, la conducta de ALSACIA CDO S.A. al construir y comercializar apartamentos destinados a vivienda familiar que no cumplen con las condiciones mínimas de seguridad, constituye una violación de la mayor gravedad a las normas sobre protección al consumidor e incluso al derecho a una vivienda digna consagrado en la Constitución Política.
En cumplimiento de lo dispuesto en el Estatuto del Consumidor, la Superindustria estableció que en virtud de la obligación de garantía, ALSACIA CDO S.A., como responsable de la construcción y comercialización de los inmuebles del EDIFICIO CONTINENTAL TOWERS, está obligada a reembolsar a los consumidores la totalidad del dinero pagado por los apartamentos, parqueaderos y cuartos útiles adquiridos.
Durante la actuación judicial, la sociedad ALSACIA CDO S.A., tuvo la oportunidad de ejercer su derecho de defensa, contestó la demanda, solicitó y aportó pruebas, asistió a las audiencias donde se tramitó y decidió el proceso e impugnó la sentencia.
La decisión judicial
En la sentencia judicial que decidió la controversia, la Superindustria declaró el incumplimiento de la garantía y de las obligaciones en materia calidad, idoneidad y seguridad previstas en el Estatuto del Consumidor, por parte de la sociedad ALSACIA CDO S.A., y, dando cumplimiento a lo dispuesto en la Ley 1480 de 2011, la condenó a reintegrar a los consumidores demandantes el cien por ciento (100%) del dinero pagado por los apartamentos, cuartos útiles y parqueaderos, esto es, TRECE MIL TRESCIENTOS OCHENTA Y NUEVE MILLONES SEISCIENTOS TRECE MIL OCHENTA PESOS ($13.389.613.080.oo), suma que deberá pagarse debidamente indexada.
Decisión impugnada
Contra la sentencia judicial proferida por la Superintendencia de Industria y Comercio se interpusieron recursos de apelación, los cuales deberán ser resueltos por la Sala Civil del Tribunal Superior del Distrito Judicial de Bogotá.
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