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Sobre congelar tarifas de EPM ◇ Gremios piden evaluarlas por lo institucional

  • Frente a la solicitud del Alcalde de Medellín a la Presidencia de la República para congelar
    tarifas de EPM

 

  • “Cualquier decisión sobre tarifas debe evaluarse dentro del marco
    institucional y legal: gremios del sector eléctrico

 

  • Bogotá D.C., 27 de febrero de 2023. “Ante la solicitud formulada por el señor Alcalde de
    Medellín al Presidente de la República para que le autorice el congelamiento de las tarifas
    de EPM, los gremios que representan al sector eléctrico reiteramos la necesidad e
    importancia de que este tipo de peticiones se analicen y tramiten dentro del marco
    institucional y legal establecido para el efecto; con análisis técnicos y económicos que permitan identificar los impactos de este tipo de medidas sobre los diferentes agentes, es
    decir empresas, usuarios y gobierno nacional o regional, para que de ninguna manera afecten la calidad y continuidad del servicio de energía, y la suficiencia financiera de las
    empresas.

Las empresas son conscientes de la coyuntura actual, en la cual, la inflación ha afectado a todos los sectores, sin excepción, golpeando el bolsillo de los colombianos. De ahí la construcción y aplicación conjunta del Pacto por la Justicia Tarifaria desde el pasado mes de
octubre, para el cual, las empresas aportaron alrededor de $3 billones para mitigar las alzas
en las tarifas de energía eléctrica; resultando en una variación promedio de las tarifas por
debajo del IPC, en estos últimos cuatro meses.

  • Fijar las tarifas de los servicios públicos es un ejercicio delicado pues debe balancear el ingreso de las empresas, para poder realizar las inversiones requeridas para prestar un
    servicio confiable y de calidad y, los valores que los usuarios deben pagar, para acceder a
    un servicio esencial.

Para lograr estos objetivos es fundamental realizar análisis técnicos,
económicos y financieros a través de entes técnicos como la Comisión de Regulación de Energía y Gas – CREG, en el marco de la Constitución y en virtud de los criterios definidos
en la Ley 142 de 1994. Es importante que cualquier modificación tarifaria respete la
intangibilidad de los contratos, y sea producto de un amplio análisis y no sacrifique objetivos de largo plazo.

  • De otra parte, y frente al entendimiento de que este tipo de solicitudes responde a una
    intención de reducir las tarifas de los usuarios de menores recursos, cabe mencionar que
    de acuerdo con el marco normativo vigente, los gobiernos regionales que tienen los
    recursos económicos, pueden aportarlos para aliviar el pago de estas tarifas a la población
    más vulnerable.

Por último, los gremios y sus empresas afiliadas reiteramos nuestra disposición y voluntad
para garantizar un servicio de electricidad asequible, sostenible y confiable para todos los
colombianos, realizando los cambios o mejoras requeridos en el marco regulatorio, de
manera técnica, responsable y considerando los impactos de corto y mediano plazo en la
prestación del servicio; a través de una construcción conjunta, como siempre se ha
procurado hacer”.

Febrero 27  2023

(Fin)