Reapertura gradual de la economía en Barranquilla
Barranquilla comenzó este lunes su proceso de reactivación económica, gracias a la reapertura de varios sectores productivos de la ciudad.
Para garantizar una reapertura controlada, el alcalde Jaime Pumarejo expidió el decreto 0448, donde se explica con detalle qué sectores pueden retomar sus operaciones. Además la misma norma autoriza varias actividades al aire libre que se describen a continuación:
- La comercialización al por mayor y al por menor de materiales de construcción, artículos de ferretería, cerrajería, productos de vidrio y pintura.
La cadena de producción, abastecimiento, almacenamiento, reparación, mantenimiento, transporte, y distribución de las manufacturas de vehículos automotores, remolques y semiremolques; motocicletas; muebles; colchones y somieres.
- Fabricación, mantenimiento y reparación de computadores, equipos periféricos, equipos de comunicación, electrónicos y ópticos.
- Comercio al por mayor y por menor de vehículos automotores y motocicletas, incluidos partes, piezas y accesorios.
Comercio al por menor de combustibles, lubricantes aditivos y productos de limpieza para automotores.
- Comercio al por menor de libros, periódicos, materiales y artículos de papelería y escritorio.
Comercio al por mayor de muebles y enseres domésticos.
- Servicio de lavandería a domicilio.
- El recibo de raciones de los beneficiarios del Programa de Alimentación Escolar- PAE- en las instituciones educativas distritales, conforme a las instrucciones que imparta la Secretaría de Educación Distrital. Para el caso, el beneficiario se entenderá el padre o acudiente del estudiante.
El recibo de los beneficios del Programa de Atención Integral a la Primera Infancia en los sitios indicados y conforme con las instrucciones que imparta la Secretaría de Gestión Social. Para el caso, el beneficiario se entenderá uno por familia.
- La comercialización de los productos de manufactura tales como productos textiles, prendas de vestir, cueros y calzado, transformación de madera, fabricación de papel, cartón y sus productos deberá hacerse mediante plataformas electrónicas o para entrega a domicilio.
Paseo de mascotas y animales de compañía por un tiempo máximo de 30 minutos.
El decreto también autoriza a los ciudadanos de Barranquilla para realizar las siguientes actividades de acuerdo al pico y cédula correspondiente:
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- Adquisición de bienes de primera necesidad: alimentos, bebidas, medicamentos, dispositivos médicos, aseo, limpieza y mercancías de ordinario consumo en la población.
- Desplazamiento para acceder a servicios bancarios, financieros y de operadores de pago y servicios notariales.
- Desplazamiento para acceder a servicios postales, de mensajería, de radio, televisión, prensa y adquisición tecnologías de la información y telecomunicaciones.
- Desplazamientos a casas de cambio, almacenes de compra venta con pacto de retroventa, operaciones de juegos de suerte y azar en la modalidad de novedosos y territoriales de apuestas permanentes, chance y lotería.
- Desplazamientos a las centrales de riesgo y actividades notariales y de registro de instrumentos públicos.
- Desplazamientos a las curadurías urbanas para la prestación de los servicios relacionados con la expedición licencias urbanísticas.
- El desplazamiento para acceder a los servicios de talleres y mantenimiento automotriz y vehicular, previo agendamiento estricto de cita.
- Compra de materiales de construcción, artículos de ferretería, cerrajería, productos de vidrio y pintura.
- Compra de alimentos, medicinas y demás productos para mascotas.
- Compra de repuestos y accesorios de bicicletas convencionales y eléctricas.
- Compra al por menor de combustible, lubricantes, aditivos y productos de limpieza para automotores, libros, periódicos, materiales y artículos de papelería y escritorio.
- Compra de vehículos automotores y motocicletas, incluidos partes, piezas y accesorios.
- Mantenimiento y reparación de computadores, equipos periféricos, equipos de comunicación, electrónicos y ópticos.