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Puntos claves en la ponencia de la reforma laboral que se presenta este martes

  • Este martes la ponencia de la reforma laboral del Gobierno de Gustavo Petro se presentará ante el ente legislativo  para primer debate, con los elementos  claves del proyecto original como los horarios de la jornada laboral y los cambios en temas, como los contratos, los dominicales y la regulación de plataformas.

Entre los puntos más relevantes, la reforma establece que la jornada laboral tenga un máximo de 42 horas a la semana, y que la jornada diaria sea de 6:00 am a 6:00p pm, y la jornada nocturna desde las 6:00pm, a las 6:00 am del siguiente día.

  • También hace algunas exclusiones, como en los casos de jornada especial prevista en la Ley 1920 de 2018, que cobija al personal operativo de vigilancia y seguridad privada,  en decretos reglamentarios.

Entre los temas controvertidos implicados en el proyecto destaca el cambio en el pago de los dominicales, que pasarían del 75% al 100%. Si bien la ponencia mantiene este punto, se estableció que sería de forma transitoria, e iría incrementando entre 2024 y 2026.

  • El mayor cambio podría  estar definido en el artículo 24 de la ponencia, que incluye un contrato especial para los trabajadores de plataformas de reparto o de entrega.

Según el texto: “Hay contrato de trabajo en plataformas digitales tecnológicas de reparto cuando los trabajadores y trabajadoras laboran para éstas en la realización de tareas de reparto o entrega; en consecuencia son sujetos de todas las garantías individuales y colectivas, derechos y prestaciones del Código Sustantivo del Trabajo y demás normas laborales”.

Además, establece que son características propias del contrato en plataformas digitales de reparto o entrega, asuntos como que el trabajador tiene la facultad para decidir los tiempos de conexión efectiva; que la persona trabajadora podrá celebrar contratos con varias plataformas; también se indica la libertad de estipulación salarial “en el sentido de que puede seguirse conviniendo por unidad de tiempo, por tarea, entrega o por el que se estipule por vía convencional”.

Incluye en este punto la libertad de estipulación de la jornada laboral.
En el artículo 5 del texto original, que pasa a ser el 6 de la ponencia, por ejemplo, se modifican las condiciones que tendrían los contratos a término fijo. A pesar de que el Gobierno proponía en el proyecto radicado que se pudieran celebrar hasta por dos años, la ponencia extiende este lapso a tres años.

También incluye los montos de indemnización por despido injustificado, y establece diferentes montos según la antigüedad del trabajador en la empresa. Esta podría llegar a ser de hasta “60 días adicionales de salario sobre los 45 días básicos” por “cada uno de los años de servicio subsiguientes al primero, y proporcionalmente por fracción”. Esto para los trabajadores con más de 10 años de antigüedad.

En relación con los límites de los contratos de prestación de servicios, se hizo un cambio sutil en la redacción, y se eliminó la palabra permanente para referirse a las actividades a las que no se le podrá aplicar este tipo de contrato.

De este modo, el artículo 16 de la ponencia indica que “no podrán celebrarse contratos de prestación de servicios ni cualquier tipo de contrato civil o mercantil con personas naturales para realizar actividades subordinadas en empresas privadas”.

Mayo 16, 2023

(Fin)