Colombia

Haremos control político a los parques de diversiones, dice senador Cepeda

 

¿Qué pasa con la seguridad de los colombianos en los parques de diversión?, Efraín Cepeda

Bogotá, 12 de abril de 2017. Ante la reciente tragedia ocurrida este martes en el Parque Nacional del Café, ubicado en Montenegro (Quindío), en el que una persona en condición de discapacidad resultó herida tras caer de una de sus atracciones mecánicas, el Senador Efraín Cepeda Sarabia solicitará al Parque de diversión un informe completo para conocer las causas reales del suceso, y hará control político a las autoridades competentes, a la luz de la Ley 1750 de 2015 en función de la inspección, vigilancia y control de los servicios de recreación que prestan dichos establecimientos.

 

“Hoy nos preguntamos si en el país se cumple con la exigencia de dos visitas al año a parques o dispositivos de entretenimiento presentes en los municipios (permanentes o no), con el fin de verificar el cumplimiento de las obligaciones establecidas en la Ley. A los centros de recreación se les hará mantenimiento por lo menos una vez al mes y se sancionará desde cinco hasta treinta salarios mínimos legales mensuales vigentes, por cada día de incumplimiento. ¿Qué dice al respecto el alcalde de Montenegro, lugar donde se ubica el Parque del Café?”, cuestionó el parlamentario.

 

Cepeda Sarabia expresó que es inaceptable que sucedan hechos que pongan en riesgo la calidad y vida de los colombianos mientras disfrutan un momento de esparcimiento en familia. Indicó que los accidentes en atracciones mecánicas son altamente evitables y previsibles si se toman en cuenta las medidas adecuadas, como las promulgadas en la Ley 1750 de 2015.

 

“En ejercicio de mi función legislativa, el 24 de septiembre de 2013 radiqué el Proyecto de Ley 105 de 2013 con la motivación de proteger la familia, como núcleo fundamental de la sociedad, proteger los derechos de los niños que prevalecen ante cualquier instancia, y garantizar que el derecho a la recreación se realice en términos de seguridad y de integridad. En especial, con el objeto de evitar el sinnúmero de accidentes relacionados con Parques de Diversión u otros similares, en donde de manera lamentable, en los últimos años han resultado niños y adultos heridos, y otros desafortunadamente han perdido la vida”.

 

El Proyecto de Ley 105 de 2013 cursó las instancias legislativas correspondientes y finalmente, el 30 de enero de 2015 fue sancionado por el Presidente de la República con el nombre de Ley 1750 de 2015.

El congresista recordó que muchos de estos accidentes han sido producto de fallas mecánicas, falta de controles preventivos o correctivos en las máquinas o dispositivos, errores o fallas en el mantenimiento de las mismas, descuido por parte de los operadores de los parques, añadió que esto demuestra que no ha sido desarrollada de manera responsable la prestación de servicios inherentes a los parques de diversiones y atracciones o dispositivos de entretenimiento.

El legislador estará atento a conocer el informe del Parque sobre las causas de lo ocurrido y adelantó que este año, previo a la temporada vacacional de junio, lanzará una campaña intensiva para exhortar a alcaldes municipales al cumplimiento de la Ley 1750 de 201, de su autoría.

Texto de la Ley de parques de diversiones: http://wp.presidencia.gov.co/sitios/normativa/leyes/Documents/LEY%201750%20DEL%2030%20%20DE%20ENERO%20DE%202015.pdf
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